Se promulgó la ley de acuicultura

La norma promulgada y publicada en el Boletín Oficial el jueves pasado establece un marco para el desarrollo de la actividad acuícola. Desde el Ejecutivo se destacó que apunta a diversificar la matriz productiva, generar empleo y ordenar el sector.
Ushuaia22/12/2025Radio FM AmistadRadio FM Amistad
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Tres días después del ajustado resultado parlamentario que habilitó su sanción, el Gobernador promulgó el pasado jueves 18 la nueva ley de acuicultura que establece las condiciones para el desarrollo de esa actividad en el territorio provincial.

La normativa, que deberá estar reglamentada, a más tardar, el 15 de marzo de 2026, busca “compatibilizar la producción con la protección ambiental y el uso responsable de los recursos naturales”, se indicó desde el Poder Ejecutivo.

El texto legal define como objetivo central el impulso de una acuicultura planificada, con criterios ambientales, sociales y económicos, y con énfasis en la prevención de impactos.

Entre los lineamientos principales, la ley promueve la diversificación productiva y la incorporación de innovación tecnológica, especialmente a través del cultivo de especies nativas o naturalizadas. También fomenta el uso de sistemas de recirculación de agua, una modalidad que reduce el consumo hídrico y limita la descarga de efluentes al ambiente.

La normativa impulsa la creación del Centro de Desarrollo Pesquero y Acuícola, concebido como un ámbito para la investigación aplicada, la generación de conocimiento y la transferencia tecnológica hacia el sector productivo, a la vez que  incorpora instrumentos de control tales como la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) previa para la planificación territorial y la delimitación de zonas aptas; la obligatoriedad de la Evaluación de Impacto Ambiental (EsIA) y la presentación de una Guía de Aviso de Proyecto (GAP) para cada emprendimiento; la protección prioritaria del recurso hídrico, manteniendo inalterable el uso para consumo humano; así como la participación ciudadana en los procesos de planificación y control ambiental, en línea con los principios del Acuerdo de Escazú y la Ley Provincial 55, asegurando transparencia y acceso a la información.
La ley 1601 mantiene sin modificaciones la prohibición de la salmonicultura en el Canal Beagle, lagos y ríos, tal lo determinaba la derogada ley 1355, pero a diferencia de aquella habilita esa actividad en la costa atlántica fueguina y en la costa sur-este de Península Mitre, desde la zona de Cabo San Pío hasta Cabo San Diego, aproximadamente.

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