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El abogado Miguel Febré, representante de la empresa Roanmat SRL, reclamó públicamente la intervención de la justicia fueguina, tras el fallo que ordena el desalojo de Las Termas del Río Valdez. Sostuvo que la provincia de Tierra del Fuego “es un feudo”, “peor que Cuba y los regímenes socialistas, donde las propiedades son siempre del Estado”. Para el letrado “esto es una dictadura lista y llana, que es violatoria de todo tipo de derecho y eso es lo que está sucediendo en Tierra del Fuego”. Aunque el fallo es irrecurrible, dijo que irá a la Corte Suprema y que, “con toda esta avalancha de apropiaciones de bienes de los particulares, lo que corresponde directamente es ir a una instancia superior y pedir la intervención de la Justicia”.
Tolhuin19/10/2024El abogado de la empresa Roanmat SRL hizo declaraciones a Radio Provincia luego de conocerse el fallo que ordena el desalojo de Las Termas del Río Valdez, por considerar que se trata de una ocupación ilegítima. El fallo judicial es histórico y largamente esperado, ante la imposibilidad de explotar un recurso único en la provincia, que permitiría el desarrollo de la zona centro de Tierra del Fuego. Se trata de un predio de 400 hectáreas que todavía está en manos de Roanmat y al que es imposible acceder para quien quiera disfrutar del recurso natural. El Superior Tribunal de Justicia había asumido competencia originaria en esta demanda de desalojo iniciada por el Municipio de Tolhuin y, con un fallo irrecurrible, concedió un plazo de cinco días para desalojar.
Esta resolución, que marca un hito en la historia de Tolhuin, ya que Las Termas representan un importante patrimonio natural y una oportunidad para el desarrollo turístico y comunitario, según el abogado Miguel Febré podría recurrirse ante la Corte Suprema de Justicia. Febré no sólo avanzó sobre el fallo, que tildó de inconstitucional, sino sobre toda la justicia fueguina, pidiendo su intervención.
“Vamos a apelar porque el fallo es notoriamente inconstitucional. En todo juicio hay un principio de contradicción, es decir que se debe notificar a la otra parte, para que la otra parte tenga algo que decir. Es un principio fundamental en el tema del derecho. Este fallo habla sobre un lanzamiento de algo que se hizo en el 2002. Es decir que ese lanzamiento no es eterno, porque en 2002 el Estado tenía un año o dos para tomar posesión, cosa que no hizo, y en ese momento prescribió la acción de desalojo”, argumentó.
“Me extraña que habiendo juristas que plantean derechos constitucionales, se pasen por alto cuestiones fundamentales, como la prescripción. Hay otra cuestión que tiene que ver con la competencia. Parece que los poderes del Estado no toman conocimiento de que el Estado tiene bienes públicos y bienes privados. Cuando uno habla de bienes públicos, está hablando de los cementerios, de las rutas, pero no de las cuestiones de la tierra, que son bienes privados del Estado. La diferencia entre la tierra pública y la privada son las acciones. El Estado tiene todo el derecho de intervenir en las tierras públicas, pero cuando son privadas entra en las acciones comunes, que es el tema de los juicios civiles. La cuestión de competencia tiene que ver con esto. Si Las Termas o las tierras de las que estamos hablando es tierra privada del Estado, correspondería a la justicia ordinaria y no al Superior Tribunal”, sostuvo.
“Tenemos un fallo inconstitucional porque prescribió la acción por el tema del lanzamiento, hace dos años atrás. El derecho a tomar posesión prescribe, porque es algo fundamental del Estado de derecho. La tierra no puede estar en manos de alguien que se desentiende de ella”, consideró Febré.
Agregó que los ocupantes de Las Termas “habían iniciado un proceso de usucapión, porque permanecieron más de 20 años en posesión de Roanmat y corresponde la acción de usucapión. Cuando se inicia el proceso de usucapión, Tolhuin, que es quien debe firmar las mensuras para iniciarlo, no las firma. Con esto se priva el derecho fundamental que es la prescripción adquisitiva”.
Reiteró que “hace 20 años que el Estado tendría que haber tomado posesión y no la tomó, entonces prescribió esa acción. El juez Löffler plantea retomar esa acción que está prescripta en el código civil”, dijo del miembro del Superior Tribunal que expresó los fundamentos del fallo, a los que adhirió el resto.
Fallo irrecurrible
De acuerdo a la noticia que se conoció ayer, no habría una instancia superior para iniciar una acción y hay un plazo de cinco días para desalojar, pero Febré dijo que irá a la Corte Suprema y además pedirá la intervención de la justicia fueguina. “El juez podrá decir que es irrecurrible, pero el ciudadano puede recurrir instancias que son inconstitucionales. Esa acción existe y de hecho antes de los cinco días estamos planteando la falta de competencia y la prescripción de la acción. Si no dan lugar, recurriremos de inmediato a la Suprema Corte de Justicia, que es la que pone orden en todo el país respecto de medidas que son totalmente inconstitucionales”, dijo.
“La Corte tiene competencia en recurrir y es la última instancia, para eso existe el estado de derecho. En la Constitución está la revisión de la Corte Suprema de estos fallos que son notoriamente inconstitucionales. Nos encontramos con provincias feudales que hacen fallos que son irrecurribles, pero eso para nada es legal. No puede haber un fallo que sea irrecurrible, porque ya prescribió el lanzamiento tenía que hacerse en el año 2002 y no se hizo. El Estado no tomó posesión en su momento y ahí es donde viene la arbitrariedad del Estado. Si no se pudiera recurrir estaríamos violando el estado de derecho”, afirmó.
A todas luces no estarían dispuestos a cumplir con la orden de desalojo. “Dentro de estos cinco días se va a notificar formalmente, porque nunca se notificó a la empresa y nos enteramos por los medios. Esta es otra irregularidad porque la justicia no puede notificar por los medios, sino por los canales normales. Nosotros estábamos esperando la notificación y no nos notificaron nunca. De la noche a la mañana tomaron este fallo. Nosotros nos vamos a notificar y vamos a presentarnos motu proprio”, señaló.
“Lo que queremos dejar en claro es que la empresa nunca tuvo la posibilidad de explotar Las Termas, porque siempre tuvo trabas de todo tipo. No es cierto lo que dicen en los medios de que Las Termas están ahí y son de uso particular. Nunca se aprobó absolutamente nada y, si se hubiera aprobado, Las Termas estarían trabajando hace 20 años. Había cuestiones legales que tuvieron que ver con profundas irregularidades de abogados anteriores, porque yo tomé la causa hace un año”, expresó.
Aseguró que la empresa puede demostrar que no la dejaron explotar Las Termas, porque “hay papeles de todo tipo, hubo recursos, no se aprobaban las mensuras que se tendrían que haber aprobado. Hay una confiscación de los bienes que se da desde el momento en que el IPV entrega una propiedad y no entrega la escritura pública, cuando tiene la obligación inmediata de entregar la escritura. Esta provincia es peor que Cuba y los regímenes socialistas, donde las propiedades son siempre del Estado. En la provincia de Tierra del Fuego prácticamente las propiedades son siempre del Estado. Es inconcebible que no se otorgue la escritura a quien pagó el inmueble. Quien prescribe la propiedad tampoco puede hacer la acción por prescripción. Esto es una dictadura lista y llana, que es violatoria de todo tipo de derecho y eso es lo que está sucediendo en Tierra del Fuego. Lo que hace el Superior Tribunal de Justicia es convalidar una acción completamente ilegal de mano de los Ejecutivos provinciales y municipales. Lisa y llanamente es eso, por eso en su momento hemos hecho la denuncia federal”, subrayó.
“Con toda esta avalancha de apropiaciones de bienes de los particulares, lo que corresponde directamente es ir a una instancia superior y pedir la intervención de la Justicia, porque se está violando el estado de derecho de manera aberrante. Esperemos que esto continúe en la justicia justa, no en la justicia de la prepotencia y de la violación de derechos, y esperamos los carriles normales que fija la justicia”,
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