Ya rige nuevo régimen tarifario de agua y cloacas

El Ejecutivo aprobó un esquema tarifario para los servicios de agua y saneamiento en Ushuaia y Tolhuin. Mantiene el ajuste automático mensual por fórmula polinómica, pero redefine el índice aplicable, modifica exenciones para hogares vulnerables, incorpora nuevas zonas y categorías tarifarias.
Economia14/01/2026Radio FM AmistadRadio FM Amistad
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El Gobierno oficializó el nuevo Régimen Tarifario y los Cuadros Tarifarios aplicables a los servicios que presta la Dirección Provincial de Obras y Servicios Sanitarios en Ushuaia y Tolhuin. La medida quedó oficializada con el dictado de Decreto 030/26, entrará a regir desde el período de facturación correspondiente a enero de 2026.

En los considerandos, el Ejecutivo argumenta que la actualización es necesaria para adecuar el régimen vigente, dado que la última revisión alcanzó el período de facturación hasta diciembre de 2025, ya que para poder sostener el funcionamiento del sistema se requiere un esquema de ingresos que acompañe la evolución de los costos operativos, la adquisición de insumos y el mantenimiento de infraestructura crítica.

El decreto ratifica la continuidad del mecanismo de ajustes “mensuales, consecutivos y automáticos” a través de una fórmula polinómica. La herramienta central es el Índice de Variación de los Servicios DPOSS (IVS), que se calcula en función de la variación de costos de explotación y de índices elaborados por el INDEC y otras entidades.

En esta nueva etapa, el índice IVS se redefine con una composición que asigna 62,9% de incidencia a salarios, 13,6% a precios mayoristas, 22,4% a precios al consumidor y 1,1% a costos de infraestructura.

Otro capítulo de la propuesta incorpora cambios orientados a “mayor coherencia” en la estructura tarifaria y a la corrección de situaciones consideradas injustas. En ese marco, se modifica el Régimen de Exenciones y Reducciones para permitir que jubilados, pensionados o beneficiarios sociales que residan efectivamente en una vivienda dentro de una parcela con hasta dos unidades puedan acceder al beneficio, aunque no figuren como titulares exclusivos del inmueble. El criterio apunta a evitar que obstáculos registrales dejen sin cobertura a hogares en situación de vulnerabilidad social y habitacional, especialmente en casos donde familiares construyeron viviendas en un mismo terreno.

Como incentivo ambiental, el decreto contempla eximir del pago por descarga de efluentes cloacales a usuarios particulares de motorhomes y casas rodantes, siempre que utilicen los puntos habilitados por la DPOSS, como el playón de descarga. La medida busca promover el uso responsable de instalaciones formales y prevenir vertidos irregulares con potencial impacto ambiental.

En el plano técnico-administrativo, se incorpora un “cargo por incumplimiento de factibilidad”, destinado a cubrir costos asociados a obras que no se ajusten a las autorizaciones otorgadas. El monto se fija en cinco millones de pesos para construcciones de hasta cinco unidades funcionales y en veinte millones para desarrollos mayores. Además, se actualizan valores y categorías de los servicios eventuales —como uso de maquinaria o intervenciones técnicas— y se amplía el glosario tarifario para precisar conceptos como unidad funcional, complementaria e invernadero.

En ese sentido, se reduce el mínimo de facturación aplicado a unidades complementarias en edificios sometidos a propiedad horizontal: pasa de 50 m² a 25 m², con el fin de incluir cocheras, bauleras u otros espacios comercializados de forma independiente respecto de departamentos u otras unidades principales. A su vez, se redefine el régimen de “Agua para Construcción”, estableciendo la facturación por metro cuadrado de superficie cubierta y facultando al organismo a instalar caudalímetros para medir el consumo real durante las obras.

También se introducen mejoras en el sistema de servicio medido, con reglas más claras para estimar consumos cuando existan medidores defectuosos, mediciones erróneas o falta de datos históricos suficientes, a fin de sostener criterios de facturación consistentes.

Por otra parte, se impulsa modificar el esquema de zonificación vigente en Ushuaia para aumentar la presión tarifaria en áreas donde se ubican barrios de mayor poder adquisitivo. La propuesta divide la actual Zona I en dos subzonas: la Zona 1a, con coeficiente 2,42% y la Zona 1b, con coeficiente 2,20%, ambos respecto de la tarifa base. Esta rezonificación impactaría sobre urbanizaciones y barrios como Mirador del Fernández, Paseo del Campo, Los Cauquenes, Terrazas del Fin del Mundo, Altos del Cauquén, Ushuaia Chico, Tierra de Leyendas, Vista Golondrina, Costa Susana, Casa del Sur, El Recodo, La Loma, Bahía Tolkeyén, macizos frentistas de Los Ñires y nuevos macizos surgidos desde la sección J macizo 1000, entre otros, con excepción de los desarrollos urbanizados por el IPV y el Municipio.

Finalmente, se prevén cambios para la facturación vinculada a hotelería y alojamientos temporarios. La “hotelería clase standard” pasará a facturarse en términos equivalentes a “comercio en general”, mientras que las categorías intermedia y superior tendrán una corrección proporcional. En paralelo, se ajusta la tarifa de viviendas y departamentos de alquiler temporario (CAT y DAT) para reflejar un menor consumo respecto de la hotelería, y se crea una subclase para alojamientos que implementen mejoras en eficiencia hídrica.

El decreto establece que el régimen y cuadros tarifarios de los servicios Tasa y Medido entran en vigencia desde enero de 2026 y se actualizarán mensualmente por el IVS, tomando como base los valores de diciembre de 2025.

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