Agencia de Administración de Bienes del Estado Desafectan inmueble en Ushuaia

Agencia de Administración de Bienes del Estado Desafectan inmueble en Ushuaia

Ushuaia29/08/2025Radio FM AmistadRadio FM Amistad
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El pasado miércoles 27, mediante resolución 84/2025, la Agencia de Administración de Bienes del Estado desafectó el inmueble ubicado en la Avenida Hipólito Irigoyen S/N de Ushuaia, con una superficie de 16.000 metros cuadrados, el cual estaba asignado a la Secretaría de Industria y Comercio.

La resolución lleva las firmas de Nicolás Alberto Pakgojz y Marcelo León Ugarte; presidente y vicepresidente, respectivamente, de la Agencia. Allí se hace saber al Ministerio de Economía y a la Secretaría de Industria y Comercio que, de acuerdo con la normativa vigente, los bienes estatales declarados innecesarios o sin destino permanecen bajo custodia de las jurisdicciones a las que estuvieron asignados hasta que se defina una nueva afectación. Durante ese lapso, las áreas responsables deberán garantizar su conservación, resguardo y disponibilidad, además de asegurar que los inmuebles se mantengan libres de deudas, cargas o gravámenes.

La resolución se enmarca en la decisión del Poder Ejecutivo Nacional de “hacer prevalecer la racionalización del espacio físico del patrimonio inmobiliario estatal, con vista a su mejor aprovechamiento y utilización, destinando la afectación de los bienes inmuebles estatales a la planificación, desarrollo y ejecución de políticas públicas”.

 

Sobre el inmueble se hizo un relevamiento e informe técnico, en el marco de la inspección llevada a cabo por la Dirección de Despliegue Territorial a través del Informe de Ocupación y Uso de Bienes del Estado. Así, el informe fechado el 12 de junio de este año, señala que “el predio se encuentra mantenido, aunque en su mayoría baldío. En su interior se emplaza una vivienda de madera con valor histórico, actualmente desocupada y en estado de abandono. También se emplaza un galpón de chapa, actualmente ocupado por la Municipalidad de Ushuaia como depósito de sal, así como terreno adyacente donde se acopian bolsones”.

 

En tanto, la Dirección de Asuntos Comunitarios, en nota fechada el 4 de agosto de 2025 informó que no obran antecedentes de permisos de uso o tramitaciones sobre el inmueble en cuestión; y la Dirección de Ejecución de Operaciones informó que no obran contratos o convenios de carácter oneroso, o solicitudes originadas por terceros, así como procedimientos para la venta o subasta sobre el inmueble en cuestión.

 

Asimismo, la Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes Históricos mediante nota fechada el 22 de agosto, señaló que el inmueble carece de valor patrimonial.

 

Cabe resaltar que el inmueble fue oportunamente afectado al Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar (PROCREAR). Esto sucedió el 12 de junio de 2012, pero el 20 de octubre de 2014 el Comité Ejecutivo de ese Fondo Fiduciario resolvió, en forma unánime, restituir dicho inmueble al Estado Nacional, ante un pedido formulado por la Agencia de Administración de Bienes del Estado.

 

El 13 de agosto de 2015, se asignó el predio a la Secretaría de Comercio, con el objeto de destinarlo al desarrollo de actividades relacionadas con programas vinculados a la promoción comercial, la difusión de los derechos del consumidor y el aumento y descentralización de la oferta de bienes y servicios, entre otras actividades propias de su competencia.

 

Sin embargo, con fecha 23 de julio de 2025, mediante nota de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, informó que “no realiza actividades, uso o acciones conforme el objeto de la resolución”, para lo cual fue asignado ese inmueble.

 

De esta forma la situación planteada se encuentra enmarcada en el Decreto 2670/75, que establece que la AABE considerará inmuebles pasibles de ser desafectados por presentar falta de afectación específica, uso irrazonable, inconveniente o indebido, subutilización o estado de innecesaridad a aquellos inmuebles propiedad del Estado Nacional que no sean necesarios para la gestión específica del servicio al que están afectados.

 

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