
Incentivo productivo
Radio FM Amistad

La propuesta establece un esquema de reducción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para aquellas nuevas actividades económicas que se inicien en la provincia y generen empleo en relación de dependencia. “Las etapas iniciales de toda actividad económica suelen presentar mayores niveles de incertidumbre y riesgo. En este sentido, resulta oportuno que el Estado Provincial adopte instrumentos que permitan acompañar el surgimiento de nuevos emprendimientos productivos, facilitando su consolidación y crecimiento durante sus primeros meses de funcionamiento” se sostiene en el fundamento de la iniciativa.
El beneficio fiscal tendrá una duración inicial de doce meses, con la posibilidad de extenderse por seis meses adicionales. Su monto estará directamente vinculado a la cantidad de trabajadores incorporados, con un tope que se definirá entre dos parámetros: hasta dos salarios mínimos vitales y móviles por cada empleo nuevo o un máximo de cinco millones de pesos mensuales, lo que resulte menor.
El régimen está destinado exclusivamente a nuevas unidades económicas, entendidas como aquellas que no se encontraban en funcionamiento al momento de la entrada en vigor de la ley. De esta manera, se excluyen ampliaciones, expansiones o reorganizaciones de actividades preexistentes, así como también emprendimientos vinculados a la explotación de recursos naturales, como los hidrocarburíferos o mineros.
Entre los requisitos para acceder y mantener el beneficio, se establece la obligación de desarrollar efectivamente la actividad en la provincia, contar con domicilio fiscal y establecimiento operativo real, cumplir con las obligaciones laborales y previsionales, y mantener regularidad ante el fisco provincial. Además, el esquema exige sostener una nómina mínima de al menos un trabajador registrado durante todo el período de vigencia del incentivo.
El proyecto también contempla mecanismos de control y condiciones para evitar el uso indebido del régimen, como la prohibición de incorporar personal proveniente de empresas vinculadas cuando implique una mera sustitución laboral o traslado de actividades.
La autoridad de aplicación será el Ministerio de Trabajo y Empleo, con intervención de la Agencia de Recaudación Fueguina para la reglamentación del beneficio fiscal. Asimismo, se invita a los municipios a adherir al régimen mediante la implementación de incentivos complementarios en tasas locales.
El plazo para adherir al régimen se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2026, con posibilidad de prórroga por un año adicional. El beneficio será incompatible con otros regímenes provinciales de promoción sobre la misma actividad, por lo que los contribuyentes deberán optar por uno de ellos.




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