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Establece que si una persona tiene condena en dos instancias antes de un año electoral no podrá presentarse, tal el caso de la expresidenta; las diferencias con la iniciativa original
Politica18/01/2025El presidente Javier Milei firmó este viernes a la noche, previo a su viaje a Estados Unidos, la versión final del proyecto de ficha limpia que se incluirá en el período de sesiones extraordinarias que comienza este lunes. De aprobarse, la iniciativa impacta directamente en la situación de Cristina Kirchner al incorporar en la Ley Orgánica de Partidos Políticos la imposibilidad de presentarse como candidatos a aquellas personas que hayan sido condenadas en primera y segunda instancia por delitos de corrupción en la función pública y en perjuicio de la Administración. Para ello, las sentencias deberán ser previas el año electoral, como en el caso de la expresidenta.
La firma fue confirmada por el vocero presidencial, Manuel Adorni, quien en sus redes sociales compartió una imagen del texto oficial. “El Presidente ha firmado hace instantes el proyecto de ley denominado “ficha limpia”. El verdadero “pacto” es con todos los que quieren un país libre y próspero. Dios bendiga a la República Argentina”, escribió en su cuenta de X.
Pocos minutos después, quien se expresó fue el titular de Defensa, Luis Petri, quien por expreso pedido de Milei terminó encargándose del proyecto. “Ficha Limpia es más que una ley: es un compromiso con la transparencia, la justicia y el juego limpio en la política. Es un paso esencial para erradicar la corrupción y fortalecer la democracia en nuestro país. Ahora, más que nunca, es el momento de demostrar que la ética y la responsabilidad son los pilares sobre los que construiremos el futuro de nuestro país. El mensaje del Presidente Javier Milei es claro: En la Argentina no hay tolerancia a la corrupción, se la condena”, consignó el mendocino en su cuenta de la red social X.
También propone modificaciones que, si bien no se encontraban en el proyecto que iba a ser tratado en la Cámara de Diputados, en diciembre pasado, cuando por falta de quórum no se pudo debatir (en parte por ausencias oficialistas), que desde el Gobierno consideraron esenciales para garantizar la viabilidad práctica de la Ficha Limpia, la seguridad jurídica en las elecciones y la idoneidad en el acceso a los cargos públicos.
En primer lugar, se prevé la aplicación de las disposiciones de Ficha Limpia para el ámbito de la Administración Pública Nacional. Así, se establece que aquellas personas condenadas en los términos explicados, tampoco podrán ser designados como Jefe de Gabinete de Ministros, Ministro, Secretario, Subsecretario, entre otros, ni ejercer funciones equivalentes.
Según se consignó en la información oficial, la iniciativa que se envía contribuye de manera concreta a dotar de operatividad al mandato del artículo 16 de la Constitución, que consagra la idoneidad como único requisito para poder ejercer un empleo público.
Por otro lado también se establece que la inelegibilidad tendrá efectos a partir del dictado de la sentencia, siempre y cuando se dicte antes del inicio de un año eleccionario; en este último caso, la persona alcanzada podrá presentarse en las elecciones de dicho año, pero no en las siguientes.
Desde el Gobierno aseguraban que trazar ese línea fue la manera que se encontró de blindar los procesos electorales estableciendo que la clausula de impedimento haya sido dictada hasta el 31 de diciembre del año anterior al electoral. Como un modo de evitar lo que consideraban uno de los riesgos del proyecto anterior y que tenía que ver con lo que podía suceder en las provincias que tuvieran “cooptado” su poder judicial y que desde ese gobierno provincial se quite de la carrera electoral a un opositor con una condena.
A modo de ejemplo, si se dictase una sentencia en los términos de Ficha Limpia durante este año, la persona podría ser candidata en las elecciones, pero no en las posteriores. “Este requisito, acompañado de la exigencia del “doble conforme” reduce el riesgo de que el instituto de Ficha Limpia dé pie al dictado de decisiones arbitrarias”, detallaron.
Si bien originalmente Milei había designado al jurista Alejandro Fargosi para trabajar el tema, finalmente fue el ministro de Defensa, Luis Petri, quien se encargó de terminar de pulir la iniciativa.
Esta decisión se adoptó después de una polémica sesión en la Cámara de Diputados a fin de año, en la cual el tema no se pudo tratar por falta de quorum. Ese día faltó el bloque de Unión por la Patria, pero también hubo ausencias de Pro, la UCR e incluso de ocho legisladores libertarios. Esto dio lugar a las críticas de Pro, impulsor original del tema con Silvia Lospennato a la cabeza, contra La Libertad Avanza por su presunta falta de compromiso para luchar contra la corrupción.
Para el Gobierno, así se igualan las reglas de juego “y se elimina el estado de incertidumbre respecto de los posibles candidatos y se logra garantizar la división de poderes, eliminando las tan indeseadas influencias de un poder sobre otro en años electorales”.
El proyecto remitido prevé la creación de un Registro Público para Ficha Limpia a fin de asegurar el acceso ciudadano a todo lo relacionado a este tema y promover la transparencia del sistema electoral, sin generar costos ni burocracia administrativa. El registro asegurará la implementación de la Ficha Limpia en la práctica atento a que permitirá que las autoridades electorales puedan conocer si un candidato determinado cuenta con sentencias condenatorias en su contra con facilidad, y no autorizarlo a ser candidato.
Desde la administración libertaria agregaron que confían “en que este proyecto sea un paso adelante en la lucha contra la corrupción, evitando que aquellas personas condenadas no utilicen nuestras instituciones como un medio par escapar a la justicia”.
En las filas oficialistas explicaban que también otra de las principales diferencias con el proyecto original están dadas tanto por los límites temporales, así como por la creación de los “registros de ficha limpia para todos los funcionarios, no solo los que van a cargos electorales”.
Al tratarse de una ley electoral, de aprobarse entraría en vigencia inmediatamente y, a diferencia de lo que sucede con las normas penales, que no se podría aplicar de forma retroactiva.
Fuente: La Nación
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