Imponen multas millonarias a los directivos de la OSEF

Por segunda vez en corto lapso de tiempo, la Obra Social de la Provincia de Tierra del Fuego (OSEF) fue condenada por un nuevo incumplimiento en la prestación de servicios de salud, esta vez a una menor de edad. El fallo ordena el pago de una multa sustancial a las autoridades políticas y a los directores vinculados con el SUTEF que superan el millón de pesos.

Provinciales24/10/2024Radio FM AmistadRadio FM Amistad
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Un fallo judicial del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 del Distrito Judicial Sur de Ushuaia, Tierra del Fuego, volvió a condenar a la Obra Social de la Provincia (OSEF) por incumplimiento en la provisión de insumos médicos a una menor de edad con discapacidad. 

 

La sentencia, dictada el pasado 22 de octubre de 2024,  es la segunda condena a OSEF en poco tiempo por faltas similares, dejando en evidencia los graves problemas de gestión que tiene la principal obra social que opera en Tierra del Fuego.

 

El fallo establece que OSEF no cumplió con la entrega de diversos insumos y equipamientos médicos dentro del plazo establecido por una sentencia anterior, a pesar de que el fallo ya contaba con una sanción dineraria de $50.000 por día en caso de incumplimiento. 

 

Debido a la irresponsabilidad de las autoridades, el fallo imputó directamente la responsabilidad en cabeza de la Presidente Mariana HRUBY, el Vicepresidente  Leonardo OLGIATTI y los Vicepresidente 2° Sr. José María MARTÍN, y Vicepresidente 3° Sr. Franco TOMASEVICH, estos últimos vinculados estrechamente con el SUTEF.

 

Tras la denuncia del nuevo incumplimiento hacía los directivos de la OSEF por parte de la familia de la menor, el Juzgado consideró la falta de diligencia de la obra social y de su directorio para proporcionar la atención médica necesaria,  generando una nueva condena.

 

El juez Gustavo González , en la argumentación de su resolución, destacó la falta de compromiso y seriedad de las autoridades de la obra social, enfatizando que no se presentó a una audiencia de conciliación previamente fijada, a pesar de que la propia presidenta de OSEF había solicitado dicha audiencia.

 

La reciente resolución deja en evidencia la falta de atención a las necesidades de la menor, priorizando intereses ajenos a la salud de la menor, y la apatía de la obra social en el cumplimiento de sus obligaciones.

 

El fallo ordena el pago de una sanción económica por incumplimiento que asciende a $50.000 por día a partir del 29 de septiembre de 2024, hasta que se acredite el efectivo cumplimiento de la condena.  Esto representa una fuerte sanción económica para los miembros del directorio de OSEF, pero sobre todo, pone nuevamente en jaque la credibilidad institucional y expone las serias falencias de gestión de la obra social provincial.

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