Ushuaia reglamentó el transporte por plataformas digitales

Con la promulgación de una nueva ordenanza, el Municipio de Ushuaia estableció un régimen integral para el funcionamiento de las plataformas digitales de transporte. La norma define responsabilidades, requisitos, sanciones y plazos de adecuación, y deroga el esquema anterior, marcando un cambio de etapa en la movilidad urbana.
Ushuaia15/01/2026Radio FM AmistadRadio FM Amistad
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El servicio de transporte de personas mediante plataformas digitales en Ushuaia ya cuenta con un marco normativo específico y actualizado. A través de un decreto firmado por el intendente municipal, quedó promulgada la Ordenanza N.º 6591, sancionada por el Concejo Deliberante en sesión extraordinaria el pasado 2 de enero, que regula de manera integral esta modalidad dentro del ejido urbano y refuerza el rol del Estado municipal en su fiscalización y control.

De este modo, la nueva normativa deroga en su totalidad la ordenanza anterior y sus sucesivas modificaciones, dando lugar a un esquema unificado que busca ordenar una actividad que creció de forma sostenida en los últimos años. El objetivo central es claro: garantizar condiciones de seguridad, trazabilidad y responsabilidad tanto para los usuarios como para quienes prestan el servicio.

En primer término, la ordenanza define con precisión qué se entiende por servicio de transporte mediante plataformas digitales, estableciendo que se trata de una actividad que conecta a usuarios y prestadores a través de aplicaciones basadas en tecnologías móviles y sistemas de posicionamiento global. Asimismo, fija que la autoridad de aplicación será la Secretaría de Gobierno municipal, en el marco del poder de policía que le confiere la Carta Orgánica.

A continuación, la norma delimita los sujetos alcanzados. Por un lado, define al prestador como la persona titular del vehículo afectado al servicio, quien puede conducirlo o autorizar a terceros, siempre que todos estén inscriptos en el Registro Municipal Único de Conductores (ReMuCo). Por otro, incorpora formalmente a las Empresas de Redes de Transporte (ERT), responsables de promover y operar las plataformas digitales que intermedian los viajes.

En cuanto a los requisitos, el texto impone obligaciones concretas a las empresas: constituir domicilio en Ushuaia, designar representante legal con residencia permanente en la provincia, acreditar inscripción fiscal y disponer de canales de atención y reclamos. De esta manera, se busca evitar la operatoria deslocalizada y fortalecer la capacidad de control municipal.

En paralelo, los prestadores deberán cumplir con las exigencias ya previstas en el ReMuCo, mientras que los vehículos afectados al servicio deberán reunir condiciones técnicas y de seguridad específicas: ser sedán o monovolumen de cuatro o cinco puertas, contar con capacidad mínima para cuatro pasajeros, tener la documentación obligatoria y aprobar anualmente la Revisión Técnica Obligatoria.

El régimen también fija obligaciones claras durante la prestación del servicio. Los conductores deberán operar exclusivamente a través de plataformas habilitadas, abstenerse de prácticas que comprometan la seguridad vial, mantener el vehículo en condiciones adecuadas, cooperar con la autoridad de control y respetar normas básicas, como la prohibición de fumar dentro del automóvil.

En materia económica, la ordenanza establece que la tarifa será fijada por la empresa de redes de transporte y aceptada previamente por el usuario, sin intervención directa del Estado en el precio, y aclara que el servicio no está sujeto a itinerarios ni horarios fijos, ya que depende de la demanda procesada por las plataformas.

Por otra parte, el texto incorpora un régimen de sanciones con multas diferenciadas para prestadores y empresas que incumplan la normativa, incluyendo la retención preventiva del vehículo en casos graves. Además, prohíbe expresamente tomar pasajeros en la vía pública sin intermediación digital y llevar acompañantes ajenos al servicio.

Un punto relevante del nuevo esquema es la posibilidad de integración de taxis y remises a las plataformas digitales, siempre que cumplan con las condiciones establecidas y mantengan la continuidad del servicio tradicional, lo que abre un escenario de convivencia regulada entre modalidades.

Finalmente, la ordenanza fija plazos concretos: el Departamento Ejecutivo deberá reglamentarla en un máximo de 90 días y se otorgará un período de adecuación de 60 días para empresas y prestadores. Durante esa etapa inicial, la autoridad de aplicación priorizará la notificación y regularización, sin dejar de intervenir ante situaciones que comprometan la seguridad o la cobertura de seguros.

Con esta normativa, Ushuaia avanza hacia un modelo de regulación más claro y ordenado del transporte por plataformas digitales, en un contexto donde la demanda de movilidad flexible convive con la necesidad de control público, seguridad vial y equidad en las condiciones de prestación del servicio.

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