El Gobierno ratificó la exclusión de supervisores y otros docentes del beneficio

Mediante el Decreto 1722/26, el gobernador Gustavo Melella rechazó el reclamo de supervisores de nivel secundario que solicitaron continuar percibiendo la Ayuda Material Didáctico. La decisión ratifica la restricción dispuesta en mayo, que dejó fuera a sectores incorporados al beneficio desde 2009 y en años posteriores. El Ejecutivo sostuvo que las inclusiones anteriores no generan derechos adquiridos.
16/10/2026Radio FM AmistadRadio FM Amistad
El Gobierno provincial ratificó la exclusión de los supervisores escolares del cobro de la Ayuda Material Didáctico correspondiente a 2026, al rechazar el reclamo administrativo presentado por integrantes de las supervisiones de nivel secundario.

La decisión fue formalizada mediante el Decreto 1722/26, firmado el 5 de octubre, que confirmó los criterios establecidos en el Decreto 786/26, dictado el 4 de mayo de este año.

El reclamo había sido presentado el 14 de mayo por integrantes de la Supervisión General de Nivel Secundario del Ministerio de Educación y por personal de la Supervisión Escolar de Zona Norte.

Los trabajadores cuestionaron que el nuevo régimen dejara fuera del beneficio a las supervisiones y a su personal dependiente, pese a que habían sido incorporados mediante distintas disposiciones provinciales.

La Ayuda Material Didáctico fue creada por el Decreto 3491/06 como una asignación anual, especial, no remunerativa y no bonificable, destinada a compensar los gastos que afrontan los docentes para adquirir materiales vinculados con su actividad.

A partir de 2009, el universo de beneficiarios comenzó a ampliarse mediante sucesivas disposiciones. Entre los antecedentes figuran los decretos 1520/09, 2571/10, 787/11, 803/12 y 739/20, invocados por los reclamantes para acreditar el reconocimiento del beneficio a personal que desempeñaba funciones fuera de los establecimientos educativos.

De esta manera, durante más de una década, la asignación también contempló a sectores de la estructura educativa que no desarrollaban tareas directamente en las aulas.

La modificación introducida por el Decreto 786/26 estableció que, durante 2026, la Ayuda Material Didáctico sería percibida exclusivamente por docentes que prestaran servicios efectivos en establecimientos educativos públicos de los distintos niveles y modalidades.

El nuevo criterio dejó fuera a supervisores y personal dependiente de las supervisiones. También excluyó del alcance de la asignación a otros docentes que cumplen funciones fuera de los establecimientos escolares, como integrantes de juntas de clasificación y disciplina, personal de áreas técnicas y administrativas y docentes en comisión de servicios y paritarios docentes.

La decisión no afecta la liquidación del adicional “refuerzo ayuda material didáctico” que sigue pagándose a la totalidad del personal docente de la provincia.

Los fundamentos del rechazo

En sus presentaciones, los supervisores invocaron los principios de igualdad, razonabilidad y progresividad y solicitaron mantener el reconocimiento establecido por las normas anteriores.

El Ejecutivo admitió que el reclamo había sido presentado dentro del plazo legal, pero consideró que la asignación tiene una finalidad compensatoria vinculada con el ejercicio efectivo de la función docente en establecimientos educativos.

También sostuvo que la determinación de los beneficiarios puede modificarse según las posibilidades financieras de la Provincia y que las ampliaciones dispuestas en ejercicios anteriores no generan derechos adquiridos a continuar percibiendo el beneficio.

El rechazo se fundamentó en informes jurídicos del Ministerio de Educación y de la Secretaría de Coordinación Legal, que no encontraron motivos para modificar el Decreto 786/26.

Con esta decisión quedó agotada la vía administrativa y los reclamantes podrán iniciar una acción judicial dentro de los 90 días posteriores a su notificación.

El decreto no precisa cuántos trabajadores quedaron excluidos ni el monto económico que representa la restricción del beneficio.

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