Tribunal de Cuentas

El organismo presentó un proyecto para modificar la ley que creó la empresa estatal de energía con el objetivo de dejar expresamente establecido que el Poder Legislativo y los órganos de control pueden requerir documentación sin que la sociedad invoque cláusulas de confidencialidad. La iniciativa surge tras una serie de requerimientos que, según el Tribunal, fueron respondidos de manera incompleta.
Ushuaia06/07/2026Radio FM AmistadRadio FM Amistad
El Tribunal de Cuentas de Tierra del Fuego presentó un proyecto de ley para modificar la normativa que regula a Terra Ignis Energía S.A., con el propósito de precisar los alcances de las facultades de control que ejercen la Legislatura y los organismos de fiscalización sobre la empresa estatal.

La iniciativa propone incorporar un nuevo párrafo al artículo 10 de la Ley Provincial N.º 1.423 para establecer de manera expresa que los poderes del Estado y los órganos de control pueden requerir toda la documentación e información vinculada a la gestión de la sociedad, sin que les resulte aplicable el deber de confidencialidad que la empresa debe observar frente a terceros.

Según los fundamentos del proyecto, la propuesta responde a situaciones registradas durante las tareas de auditoría que el Tribunal lleva adelante sobre la empresa.

El organismo detalló que durante 2026 realizó tres requerimientos formales de información. Los pedidos incluyeron documentación contable, financiera, societaria y laboral, además de antecedentes sobre convenios, inversiones y acuerdos operativos celebrados por Terra Ignis.

De acuerdo con el Tribunal, las respuestas fueron remitidas mediante notas firmadas por el presidente de la empresa, Maximiliano D'Alessio, pero la documentación respaldatoria solicitada no fue incorporada. En sus contestaciones, la empresa argumentó que parte de la información era confidencial, cuestionó el alcance de los requerimientos y propuso reemplazar el envío de la documentación por una mesa de trabajo en la que el Tribunal pudiera consultar los antecedentes en la sede de la sociedad.

Frente a esa situación, la Secretaría Contable solicitó un dictamen de la Secretaría Legal para determinar si la empresa podía condicionar la entrega de información y si esa conducta constituía una eventual obstrucción de las tareas de control.

El informe jurídico concluyó que el Tribunal posee competencia plena para fiscalizar Terra Ignis en virtud de la Constitución Provincial y de las leyes que regulan el funcionamiento del organismo y de la empresa estatal. Asimismo, sostuvo que la confidencialidad invocada por la sociedad no puede utilizarse para impedir el acceso a la documentación, sino únicamente para solicitar resguardos específicos sobre información determinada.

El análisis también señala que las mesas de trabajo pueden funcionar como una instancia complementaria de coordinación, pero no reemplazan la obligación legal de remitir la documentación requerida. En ese sentido, recuerda que el Tribunal tiene facultades para realizar auditorías presenciales y definir de manera autónoma la modalidad de los controles.

En los fundamentos del proyecto, el organismo sostiene que la falta de entrega de la documentación solicitada podría interpretarse como una obstaculización de las tareas de fiscalización y afirma que las decisiones adoptadas por la asamblea de la empresa no pueden limitar las atribuciones que la Constitución y las leyes confieren a los órganos de control.

Además, el Tribunal extiende ese criterio al Poder Legislativo y sostiene que Terra Ignis tampoco puede negarse a entregar información requerida por la Legislatura, al considerar que las cláusulas de confidencialidad no prevalecen sobre las facultades constitucionales de control.

Con la modificación propuesta, el organismo busca evitar futuras controversias sobre el alcance de esas facultades y otorgar mayor certeza jurídica respecto del acceso a la información pública vinculada a la gestión de la empresa estatal.

Terra Ignis Energía S.A. fue creada por la Ley 1423, sancionada en 2022, como una sociedad anónima de participación estatal mayoritaria destinada a la exploración, explotación, industrialización, transporte y comercialización de hidrocarburos, gas y energías renovables. El artículo 11 de la 1423 excluye expresamente a Terra Ignis de la aplicación de la Ley Provincial 495 de Administración Financiera y Sistemas de Control, además de otras normas que regulan la administración y el control de las empresas con participación estatal. Incluso establece que las decisiones de la sociedad no estarán sometidas a las normas y principios del derecho administrativo.

Para el Tribunal de Cuentas esas previsiones no pueden limitar las facultades de fiscalización que la Constitución Provincial y otras leyes le reconocen a la Legislatura, al propio Tribunal de Cuentas y a la Fiscalía de Estado.

Con la modificación propuesta, el organismo busca evitar futuras controversias y garantizar que tanto la Legislatura como los órganos de control puedan acceder sin restricciones a la documentación necesaria para cumplir sus funciones.

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