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title: "Falta estructura para aplicar el régimen juvenil"
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description: "El nuevo esquema incorpora procesos penales para personas de entre 14 y 18 años y exige espacios diferenciados, mecanismos de mediación y personal preparado para su abordaje. En Tierra del Fuego, esas condiciones no están disponibles y la carga recaerá sobre tribunales que ya funcionan con alta demanda."
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date_published: "2026-09-10T07:40:00-03:00"
date_modified: "2026-09-10T07:42:42-03:00"
author_name: "Radio FM Amistad"
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category_description: "Noticias destacadas de tierra del fuego"
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# Falta estructura para aplicar el régimen juvenil

**La entrada en vigencia del nuevo régimen penal juvenil encuentra a Tierra del Fuego sin centros específicos de detención para menores ni una estructura judicial especializada para atender estas causas. La aplicación deberá sostenerse con los mismos jueces, fiscales y defensores que actualmente intervienen en el sistema penal ordinario, además de incorporar procedimientos de reparación y mediación.**

**El abogado Jorge Hernández explicó que el cambio central es que los menores de entre 14 y 18 años pasan a responder penalmente cuando cometen un delito. “A partir de ahora los niños entre 14 y 18 años de edad responden ante la ley penal, es decir, responden por cualquier delito que cometan, grave, intermedio o leve, y van a participar de un proceso penal”, señaló. Aclaró que eso no implica que todas las causas terminen necesariamente con una privación de la libertad.**

**Entre las alternativas previstas mencionó la probation, los mecanismos de reparación y, según la gravedad del caso, la privación de libertad. También remarcó que cuando exista un acuerdo económico para resarcir a la víctima, la obligación recaerá sobre los padres. “La propia ley establece que son los padres quienes pagan cualquier acuerdo de reparación que exista dentro de una causa penal en la cual participe un menor de entre 14 y 18 años”, indicó.**

**La aplicación del régimen exige además condiciones específicas para el alojamiento y tratamiento de los menores. Hernández sostuvo que, si una persona de esa edad es demorada, debe permanecer separada de los adultos y bajo procedimientos que resguarden su condición de menor. En caso de detención, además, deberá ser alojada en un establecimiento destinado exclusivamente a ese grupo.**

**El problema, advirtió, es que Tierra del Fuego todavía no dispone de esa estructura. “Para todo esto se requiere una infraestructura y una disposición de personal y de lugares físicos que a la fecha no existen”, afirmó. A las necesidades edilicias se suman las tareas de reparación, mediación y acompañamiento que deberán desarrollarse dentro del sistema judicial.**

**Tampoco existe, según explicó, un juzgado especializado para estas causas. “Los mismos defensores que hoy tenemos, los mismos fiscales que hoy tenemos, los mismos jueces que tenemos en la cuestión penal van a atender estos temas. Es decir, se recarga más aún todavía el trabajo a juzgados que están absolutamente desbordados”, sostuvo.**

**Hernández consideró que la implementación demandará una cantidad importante de horas y recursos humanos, porque cada expediente deberá incorporar herramientas destinadas no solo a determinar responsabilidades sino también a trabajar sobre la reparación y la recuperación del menor. “No hay una infraestructura preparada. Será cuestión de que los mismos agentes que tenemos hoy resuelvan también estas causas”, señaló.**

**El desafío inmediato será aplicar las nuevas exigencias con una estructura que todavía no fue adaptada. Para Hernández, sin espacios específicos ni equipos adicionales, la puesta en práctica del régimen sumará presión a un sistema judicial que ya funciona con una elevada carga de trabajo.**

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