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title: "Gobierno reglamentó la acuicultura"
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description: "La provincia reglamentó la ley de acuicultura y ratificó la prohibición del cultivo de salmones en el Canal Beagle, con un fuerte enfoque en el control ambiental."
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date_published: "2026-04-21T07:22:00-03:00"
date_modified: "2026-04-21T07:26:46-03:00"
author_name: "Radio FM Amistad"
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category_description: "Noticias destacadas de tierra del fuego"
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# Gobierno reglamentó la acuicultura

**El Gobierno de Tierra del Fuego oficializó la reglamentación de la Ley Provincial N° 1601 mediante el Decreto 587/26, estableciendo un marco integral para el desarrollo de la actividad [acuícola](https://19640noticias.com/contenido/96999/plan-estrategico-desarrollo-acuicola-primer-lugar-mapa-productivo-global). La normativa reafirma la prohibición del cultivo de salmones en el Canal Beagle y define criterios ambientales, técnicos y productivos para el sector.**

**El decreto, firmado por el Poder Ejecutivo provincial, fija las bases para el desarrollo de la acuicultura bajo un enfoque de “sostenibilidad” y control estatal, incorporando herramientas de evaluación ambiental y ordenamiento territorial.**

**Uno de los puntos centrales es la ratificación de la prohibición absoluta del cultivo, engorde o reproducción de especies salmonídeas en el Canal Beagle, sin excepciones por escala o tecnología. La medida consolida el posicionamiento ambiental de la provincia frente a una actividad que ha generado debate en los últimos años.**

**No obstante, la normativa habilita otras producciones hidrobiológicas, como algas, moluscos y crustáceos, siempre que cumplan con evaluaciones previas de impacto y compatibilidad ambiental.**

**En ese sentido, se implementa la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) como requisito obligatorio para cualquier proyecto acuícola. Este instrumento permitirá analizar de manera integral los impactos ambientales, sociales y productivos, además de definir zonas aptas y criterios de desarrollo.**

**El esquema productivo contempla tres escalas diferenciadas:**

- **Promocional: hasta 100 toneladas por ciclo.**
- **Preintegración: hasta 300 toneladas.**
- **Comercial: sin límite superior, pero con mayores exigencias.**

**Todos los emprendimientos deberán presentar un Plan de Manejo Ambiental, mientras que los proyectos de mayor envergadura estarán sujetos a estudios de impacto ambiental más rigurosos.**

**La autoridad de aplicación será el Ministerio de Producción y Ambiente, a través de la Secretaría de Pesca y Acuicultura, encargada de la evaluación, autorización, control y sanción de las actividades. Además, se prevé la articulación con otros organismos técnicos para fortalecer el monitoreo.**

**Otro eje relevante es la creación del Centro de Desarrollo Pesquero y Acuícola, orientado a la investigación, innovación y transferencia tecnológica, junto con la asignación de recursos para infraestructura, capacitación y fortalecimiento productivo.**

**Finalmente, el decreto establece un régimen de fiscalización permanente, con evaluaciones periódicas, revisiones anuales y sanciones ante incumplimientos, consolidando un sistema que busca equilibrar desarrollo productivo y protección ambiental.**

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