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title: "La Provincia garantiza salarios y estabilidad laboral de los porturarios"
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description: "El Gobierno fueguino y los gremios firmaron un acta acuerdo para sostener el vínculo laboral, los haberes y la ocupación efectiva del personal portuario provincial no alcanzado por la órbita de la ANPyN."
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date_published: "2026-02-11T21:22:00-03:00"
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# La Provincia garantiza salarios y estabilidad laboral de los porturarios

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**En un escenario de fuerte tensión institucional, el Gobierno Provincial firmó un acta acuerdo con los principales gremios estatales y portuarios para garantizar la continuidad laboral, el pago de salarios y los derechos del personal de la Dirección Provincial de Puertos (DPP), en el marco de la intervención dispuesta por la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN) sobre el Puerto de Ushuaia.**

**El acuerdo, rubricado ayer 10 de febrero de 2026 en Ushuaia, reúne a la Provincia, representada por la vicegobernadora Mónica Urquiza, con la Asociación Trabajadores del Estado (ATE), la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN), la Asociación del Personal Directivo Ferroportuario Argentino y el Sindicato Único de Administración Portuaria (SUAP), además de la propia Dirección Provincial de Puertos.**

**El trasfondo del conflicto se origina en la Resolución ANPYN N.º 04/2026, que dispuso la suspensión de la habilitación del Puerto de Ushuaia por doce meses, la intervención administrativa en materia de infraestructura portuaria y la prohibición de ingreso a las instalaciones para parte del personal provincial. La medida tuvo efectos inmediatos desde el 21 de enero, cuando trabajadores fueron impedidos de acceder a sus puestos pese a encontrarse en plena disponibilidad laboral, situación que quedó documentada en actas notariales oficiales.**

**Frente a ese cuadro, la Provincia cuestionó la legalidad de la intervención nacional tanto en sede administrativa como judicial, denunciando la configuración de una vía de hecho y la vulneración de garantías básicas del procedimiento administrativo. No obstante, mientras esas acciones continúan en trámite, el acta acuerdo apunta a contener los efectos sociales y laborales del conflicto, evitando que sus consecuencias recaigan sobre los trabajadores.**

**El texto del acuerdo establece la continuidad y plena vigencia del vínculo laboral exclusivamente respecto del personal de la Dirección Provincial de Puertos que no presta servicios para la Agencia Nacional de Puertos y Navegación. Quedan expresamente excluidos de estas garantías aquellos trabajadores que, al momento de dictarse la Resolución ANPYN N.º 04/2026, se encuentran prestando funciones bajo la órbita del organismo nacional, conforme surge de los anexos que acompañan la medida de intervención, como de aquellos que hayan sido incorporados a posteriori por el organismo nacional.**

**En ese marco, la Provincia asume el compromiso de afrontar las erogaciones salariales del personal alcanzado por el acuerdo durante todo el período que dure la situación excepcional, garantizando seguridad económica y jurídica, aun cuando existan impedimentos materiales para la prestación efectiva de tareas derivados de decisiones adoptadas por la autoridad nacional.**

**El acta deja expresamente asentado que la falta de prestación efectiva de tareas, cuando sea consecuencia de órdenes, instrucciones o disposiciones emanadas de la intervención, no podrá ser considerada abandono de servicio, incumplimiento funcional ni causal disciplinaria. Asimismo, se garantiza el pleno resguardo del derecho a la ocupación efectiva, quedando vedada cualquier forma de marginación funcional, vaciamiento de tareas o alteración arbitraria de funciones.**

**Otro punto central del acuerdo es la exención de responsabilidad patrimonial del personal provincial no alcanzado por la intervención respecto de bienes muebles, inmuebles, equipamientos e instalaciones portuarias. Durante el período de intervención, toda responsabilidad administrativa, contable o patrimonial recaerá exclusivamente sobre las autoridades a cargo de la ANPyN, disponiéndose además la inmediata desafectación de cualquier carga patrimonial individual que pudiera pesar sobre los trabajadores.**

**La vigencia del acta acuerdo se fija con efecto retroactivo al 21 de enero de 2026 y se extenderá hasta la normalización institucional de la administración portuaria. Las partes ratificaron, además, su voluntad de preservar la paz social, garantizar el diálogo institucional y canalizar cualquier controversia por las vías administrativas y judiciales correspondientes.**

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