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title: "Ushuaia reglamentó el transporte por plataformas digitales"
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description: "Con la promulgación de una nueva ordenanza, el Municipio de Ushuaia estableció un régimen integral para el funcionamiento de las plataformas digitales de transporte. La norma define responsabilidades, requisitos, sanciones y plazos de adecuación, y deroga el esquema anterior, marcando un cambio de etapa en la movilidad urbana."
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date_published: "2026-01-15T07:13:00-03:00"
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# Ushuaia reglamentó el transporte por plataformas digitales

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**El servicio de transporte de personas mediante plataformas digitales en Ushuaia ya cuenta con un marco normativo específico y actualizado. A través de un decreto firmado por el intendente municipal, quedó promulgada la Ordenanza N.º 6591, sancionada por el Concejo Deliberante en sesión extraordinaria el pasado 2 de enero, que regula de manera integral esta modalidad dentro del ejido urbano y refuerza el rol del Estado municipal en su fiscalización y control.**

**De este modo, la nueva normativa deroga en su totalidad la ordenanza anterior y sus sucesivas modificaciones, dando lugar a un esquema unificado que busca ordenar una actividad que creció de forma sostenida en los últimos años. El objetivo central es claro: garantizar condiciones de seguridad, trazabilidad y responsabilidad tanto para los usuarios como para quienes prestan el servicio.**

**En primer término, la ordenanza define con precisión qué se entiende por servicio de transporte mediante plataformas digitales, estableciendo que se trata de una actividad que conecta a usuarios y prestadores a través de aplicaciones basadas en tecnologías móviles y sistemas de posicionamiento global. Asimismo, fija que la autoridad de aplicación será la Secretaría de Gobierno municipal, en el marco del poder de policía que le confiere la Carta Orgánica.**

**A continuación, la norma delimita los sujetos alcanzados. Por un lado, define al prestador como la persona titular del vehículo afectado al servicio, quien puede conducirlo o autorizar a terceros, siempre que todos estén inscriptos en el Registro Municipal Único de Conductores (ReMuCo). Por otro, incorpora formalmente a las Empresas de Redes de Transporte (ERT), responsables de promover y operar las plataformas digitales que intermedian los viajes.**

**En cuanto a los requisitos, el texto impone obligaciones concretas a las empresas: constituir domicilio en Ushuaia, designar representante legal con residencia permanente en la provincia, acreditar inscripción fiscal y disponer de canales de atención y reclamos. De esta manera, se busca evitar la operatoria deslocalizada y fortalecer la capacidad de control municipal.**

**En paralelo, los prestadores deberán cumplir con las exigencias ya previstas en el ReMuCo, mientras que los vehículos afectados al servicio deberán reunir condiciones técnicas y de seguridad específicas: ser sedán o monovolumen de cuatro o cinco puertas, contar con capacidad mínima para cuatro pasajeros, tener la documentación obligatoria y aprobar anualmente la Revisión Técnica Obligatoria.**

**El régimen también fija obligaciones claras durante la prestación del servicio. Los conductores deberán operar exclusivamente a través de plataformas habilitadas, abstenerse de prácticas que comprometan la seguridad vial, mantener el vehículo en condiciones adecuadas, cooperar con la autoridad de control y respetar normas básicas, como la prohibición de fumar dentro del automóvil.**

**En materia económica, la ordenanza establece que la tarifa será fijada por la empresa de redes de transporte y aceptada previamente por el usuario, sin intervención directa del Estado en el precio, y aclara que el servicio no está sujeto a itinerarios ni horarios fijos, ya que depende de la demanda procesada por las plataformas.**

**Por otra parte, el texto incorpora un régimen de sanciones con multas diferenciadas para prestadores y empresas que incumplan la normativa, incluyendo la retención preventiva del vehículo en casos graves. Además, prohíbe expresamente tomar pasajeros en la vía pública sin intermediación digital y llevar acompañantes ajenos al servicio.**

**Un punto relevante del nuevo esquema es la posibilidad de integración de taxis y remises a las plataformas digitales, siempre que cumplan con las condiciones establecidas y mantengan la continuidad del servicio tradicional, lo que abre un escenario de convivencia regulada entre modalidades.**

**Finalmente, la ordenanza fija plazos concretos: el Departamento Ejecutivo deberá reglamentarla en un máximo de 90 días y se otorgará un período de adecuación de 60 días para empresas y prestadores. Durante esa etapa inicial, la autoridad de aplicación priorizará la notificación y regularización, sin dejar de intervenir ante situaciones que comprometan la seguridad o la cobertura de seguros.**

**Con esta normativa, Ushuaia avanza hacia un modelo de regulación más claro y ordenado del transporte por plataformas digitales, en un contexto donde la demanda de movilidad flexible convive con la necesidad de control público, seguridad vial y equidad en las condiciones de prestación del servicio.**

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